lunes, 15 de noviembre de 2010

"PROYECTO DE LEY CONTRA EL RACISMO Y TODA FORMA DE DISCRIMINACIÓN» Parte 4

¿El M.A.S quiere deconstruir la Familia Católica Boliviana?

El pensamiento ideológico del M.A.S no nace precisamente cuando Evo Morales toma el poder el año 2006, sino, que es un trabajo que se viene realizando hace más de 15 años y que es producto de un grupo de intelectuales neomarxistas llamados el grupo “Comuna”, encabezado por el vicepresidente Álvaro García Linera.
Este grupo “Comuna” se ha encargado de delinear las estrategias ideológicas del M.A.S y, prueba contundente, es la materialización de su pensamiento en la nueva constitución política del estado, aprobada hace poco más de un año, y en la ley de antirracismo, que no tiene otro objetivo que seguir materializando su pensamiento neomarxista.
Asimismo, el pensamiento ideológico del grupo “Comuna” se basa en las tesis de Antonio Gramsci y sus desarrolladores ya mencionados anteriormente y, por lo tanto, el accionar del M.A.S y de sus adeptos, con la línea ideológica del grupo “Comuna”, tiene como finalidad la de deconstruir a la familia católica boliviana fomentando los dos grupos mencionados (homosexualidad y feminismo).

¿En qué parte de la C.P.E y la ley de antirracismo se deconstruye la Familia Boliviana?
Constitución Política del Estado (C.P.E)

Artículo 14. II. El Estado prohíbe y sanciona toda forma de discriminación fundada en razón de sexo, color, edad, orientación sexual, identidad de género,……que tengan por objetivo o resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos de toda persona.

Ley de Antiracismo
Artículo 5. (Definiciones).- Para efectos de aplicación e interpretación de la presente Ley, se adoptan las siguientes definiciones:
a)  Discriminación.- Se define como “discriminación” a toda forma de distinción, exclusión, restricción o preferencia fundada en razón de sexo, color, edad, orientación sexual e identidad de géneros que tengan por objetivo o resultado anular  o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de derechos humanos y libertades fundamentales reconocidos por la Constitución Política del Estado y el derecho  internacional.
e) Equidad de Género- Es el reconocimiento y valoración  de las diferencias físicas y biológicas de mujeres y varones, con el fin de alcanzar justicia  social que garantice el beneficio pleno de sus derechos sin perjuicio de su sexo en los ámbitos de la vida social, económica, política, cultural y familiar.
f) Homofobia.- Se refiere a la aversión, odio, prejuicio o discriminación contra hombres o mujeres homosexuales, también se incluye a las demás personas que integran a la diversidad sexual.

¿Qué abarca la “orientación sexual”?

El concepto de “orientación sexual” e “identidad de género”, es un término que poco a poco quiere desplazar (deconstruir) al concepto llamado “sexo”. La palabra "sexo" (desciende del Latín: cortar, dividir) originalmente se refiere a la división del género humano en dos grupos: mujer o hombre. Cada individuo pertenece a uno de estos grupos o a uno de los dos sexos. La persona es o de sexo femenino o masculino.
El término “orientación sexual” tiene la siguiente definición: abarca los deseos, sentimientos, prácticas e identificación sexuales. La orientación sexual puede ser hacia personas del mismo sexo o de diferente sexo (orientación homosexual, heterosexual o bisexual). Entonces la orientación sexual, tendría que abarcar algunas cuestiones más como ser: sadomasoquismo, pederastia, necrofilia, zoofilia y gerontofilia: ya que todas éstas son también, por simple lógica, "orientaciones sexuales".
Aquella definición no sólo da a entender la aceptación a las orientaciones homosexuales, heterosexuales y bisexuales, sino da lugar también a que el día de mañana se esté debatiendo y aceptando a las otras “orientaciones sexuales”.
El concepto perverso que dan los deconstruccionistas a la “identidad de género” es: “... distinguir entre lo que es natural y biológico y lo que es una construcción social y cultural llevando a cabo un proceso de renegociación de lo que son los límites de lo natural y relativamente inflexible y lo social, relativamente transformable”.
La definición expresa esta visión global del mundo según la cual toda relación o actividad de los seres humanos sería resultado de una construcción social, que otorga al hombre una posición superior en la sociedad y a la mujer una inferior. Para que la mujer progrese, será preciso que se libere a toda la sociedad de esta construcción social, de modo que el hombre y la mujer sean iguales.
¿Qué es una construcción social desde un punto de vista neomarxista? Que la sociedad, con ayuda de la Iglesia Católica y un grupo “dominante”, fueron los que definieron, por medio de la educación “impuesta por un grupo hegemónico”, que una mujer sea mujer y que un hombre sea hombre, culpando a los padres de familia por la decisión de esa persona de su elección, construyendo para esa persona su carácter y definiendo su sexo. Aquello trata de buscar la libertad de aquella “educación impuesta por un bloque hegemónico” y busca eliminar la Sagrada Familia con la finalidad de que sean las propias personas las que decidan, el día de mañana, sobre su “orientación sexual”.
Este es uno de los recursos más utilizados por las feministas del género para probar la discriminación de la mujer. Un recurso manipulado y utilizado de forma arbitraria ya que hay porcentajes y números que no hablan de una marginación de la mujer. Simplemente, hay más varones en determinadas actividades porque la mujer no tiene tanto interés en ellas. La mujer no se siente necesariamente marginada por no practicar tanto el boxeo como el tenis, aunque así lo pretendan algunas audaces «boxeadoras» americanas.

En realidad, esto se debe a que las feministas no atacan las causas de una u otra diferencia sino la diferencia en sí. Estarán en desacuerdo si hay más enfermeras mujeres que varones como si hay más políticos varones que mujeres. Debería haber igual número de varones y mujeres en ambas profesiones, claro ejemplo, que estos movimientos feministas en Bolivia, se arrogan el derecho de supervisar a todos los partidos políticos que exista 50% de hombres y 50% de mujeres en sus filas, yendo esto en perjuicio de la capacidad intrínseca de las personas y que incide negativamente en la administración de cualquier institución o entidad por la merma de capacidad.

¿Qué es Discriminar?

En un principio dijimos que se vive una lucha en la semántica, por lo tanto, esta ley de antirracismo tiene definiciones deconstruidas, analicemos:
La discriminación es el acto de separar o formar grupos de cosas o personas a partir de un criterio o criterios determinados. En su sentido más amplio, la discriminación es una manera de ordenar y clasificar. Puede referirse a cualquier ámbito, y puede utilizar cualquier criterio. Si hablamos de seres humanos, por ejemplo, podemos discriminarlos entre otros criterios, por edad, color de piel, nivel de estudios, conocimientos, riqueza, color de ojos, etc. Pero también podemos discriminar fuentes de energía, obras de literatura, animales, etc. La Real Academia Española define el acto de discriminar como seleccionar excluyendo.
No obstante, en su acepción más corriente, el término discriminación se refiere al acto de hacer una distinción que atenta contra la igualdad de oportunidades. Normalmente se utiliza para referirse a la violación de la igualdad de derechos para los individuos por cuestión de clase social, religión o por razón de género, mientras que en el contexto de la ciudadanía contractual se usa por cuestión de raza, y en el caso de la normalización social generalizada de trastornos psicosexuales, por orientación sexual.
Si discriminar es una  acción de separar, distinguir, diferenciar una cosa de otra, vivimos discriminando: discriminamos cuando elegimos un amigo, tomamos un empleado, votamos a un representante político, elegimos esposa, etc.
La capacidad de elección es producto de la libertad. De por sí, no es algo bueno o malo, justo o injusto. Depende de las intenciones y razones por las que se discrimina. En el caso citado al comienzo de este artículo, lo injusto hubiera sido no hacer distinciones.
Por otro lado, los deconstruccionistas han introducido sutilmente en su definición de “discriminar” las palabras de “distinción, exclusión, restricción o preferencia”, dando una connotación de maldad, odio e intolerancia, ya que al final de su “definición de discriminación” termina así: “….tengan por objetivo o resultado anular  o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio…”. Un ejemplo claro de cómo se va cambiando los conceptos e ideas a las palabras es la siguiente, ¿Será justo, a mis 24 o 34 años de edad, si el día de mañana exijo al gobierno que me pague la renta de la vejez? ¡Claro que no!, ya que por mi edad y los requisitos existentes para pagar la renta a la vejez se hará una discriminación donde se separará, se distinguirá y se diferenciará mi edad de joven con la edad de viejo.

¿Las personas que rechazan los matrimonios homosexuales son homofóbicos?

En general, se suele decir que alguien es homófobo u homofóbico cuando manifiesta odio, temor, aversión y agresión en contra de los homosexuales, pero este término, se utiliza también de manera indistinta e indiscriminada para señalar a personas que critican o se oponen al movimiento político gay, a su propagación y a la expansión de sus privilegios sociales.
Este último grupo de personas, no manifiestan de ninguna manera un temor irracional, sino la preocupación del daño moral, social y los daños a la salud que el estilo de vida homosexual puede causar a todo tipo de personas, incluyendo a los propios homosexuales.

¿Por qué la Iglesia Católica se opone a los “matrimonios” homosexuales?



A muchos les parece que el hacer posible que se casen dos hombres o dos mujeres es una medida de justicia. Si todos los ciudadanos tienen derecho a contraer matrimonio, ¿por qué no los homosexuales? Si las familias suelen organizarse en torno a dos personas que comparten su vida, ¿por qué esas dos personas han de ser siempre un hombre y una mujer? Si todo matrimonio puede procrear hijos o adoptarlos, ¿por qué privar a las parejas homosexuales de esa posibilidad?
Sin embargo, la Iglesia, remontándose a la razón humana, a la Sagrada Escritura y a toda la tradición, sigue insistiendo: el matrimonio es la unión conyugal de un hombre y de una mujer, orientada a la ayuda mutua y a la procreación y educación de los hijos.
En esta defensa a ultranza de la institución matrimonial, la Iglesia no “gana” nada. No obtiene ningún “beneficio”. No aumenta su poder, ni su influencia, ni tampoco incrementa la cantidad de donativos que pueda recibir. Al contrario, se expone al escarnio público por parte de algunos colectivos muy influyentes y al rechazo de sus posiciones por parte de sectores importantes de población. Si a pesar de este “coste”, la Iglesia sigue insistiendo en su mensaje, es que algo muy serio está en juego.
En efecto, el matrimonio no es una institución meramente “convencional”; no es el resultado de un acuerdo o pacto social. Tiene un origen más profundo. Se basa en la voluntad creadora de Dios. Dios une al hombre y a la mujer para que formen “una sola carne” y puedan transmitir la vida humana: “Sed fecundos y multiplicaos y llenad la tierra”. Es decir, el matrimonio es una institución natural, cuyo autor es, en última instancia, el mismo Dios. Jesucristo, al elevarlo a la dignidad de sacramento, no modifica la esencia del matrimonio; no crea un matrimonio nuevo, sólo para los católicos, frente al matrimonio natural, que sería para todos. El matrimonio sigue siendo el mismo, pero para los bautizados es, además, sacramento.
Lo que está en juego, en este caso como en cualquier otro en el que la Iglesia alza la voz, es el respeto a la dignidad de la persona humana y a la verdad sobre el hombre. El sujeto de derechos es la persona, no una peculiar orientación sexual. El matrimonio no es cualquier cosa, no es cualquier tipo de asociación entre dos personas que se quieren, sino que es la íntima comunidad conyugal de vida y amor abierta a la transmisión de la vida; comunidad conyugal y fecunda que sólo puede establecerse entre hombre y mujer. Por otra parte, no se puede privar a los niños del derecho a tener padre y madre, del derecho a nacer del amor fecundo de un hombre y de una mujer, del derecho a una referencia masculina y femenina en sus años de crecimiento.
¿Por qué la Iglesia se opone al “matrimonio” gay? La única razón que encuentro es porque le “duele” el hombre. Le preocupa lo que vaya a ser de él. En definitiva, no se lava las manos ante la suerte de lo humano. Aunque esta defensa sea incomprendida y acarree críticas. (2)
¿Puede llamarse "matrimonio" a una unión homosexual?
A la unión legal de un hombre con una mujer (sexos diferentes) se le llama Matrimonio. Los contrayentes adquieren la condición de Familia y de esta manera perpetúan la especie humana por medio de la procreación.
Es pues la Familia, la célula básica y el soporte vital de nuestra sociedad. La palabra Matrimonio viene del Latín Matrimonium, que en su esencia quiere decir o significa: oficio ó condición de la mujer (Madre). Está claro que el oficio ó condición femenina se fundamenta en la posesión de Matriz. La Matriz (útero) es un órgano reproductor muy especializado en los mamíferos y con el que la mujer procrea.
Por lo tanto, la unión de dos hombres (con sexos iguales y que no pueden procrear entre sí) nunca puede ser Matrimonio por rotunda imposibilidad física y biológica, ya que ninguno de los dos contrayentes posee matriz.
La posesión de la matriz, es pues el condicionante fundamental que se da para que pueda constituirse un verdadero Matrimonio, desde el punto de vista Físico, Biológico y Etimológico.
Es pues necesario inventar una palabra que aclare y diferencie esta diversidad, pues actualmente no existe ninguna en el diccionario. De esta manera se solucionará y resolverá para siempre la actual situación extremadamente conflictiva que estamos viviendo. Se puede llamar "gaymonio" a la unión de personas varones y que naturalmente no poseen matriz.
En el caso de ser dos mujeres (con matrices, pero que no logran realizar su condición de posibles madres, al no poder fertilizar sus matrices entre sí) se podría llamar "Lesbimonio"
El Principio de no contradicción de Aristóteles dice claramente: una cosa no puede ser y no ser al mismo tiempo lo que es. Y el Matrimonio, no puede ser al mismo tiempo clara y rotundamente lo que no es.

¿Se puede considerar como una ley la legalización de la unión de personas del mismo sexo?
Partiendo del concepto general de ley, que es la “ordenación de la razón y que está dirigida al bien común”, la legalización de los mal llamados “matrimonios homosexuales” tiene los siguientes problemas por el cual deja de ser una ley:
-       Va en contra de la recta conciencia (dictada por la ley natural)
-       Va en contra la Revelación (ley divina positiva)
-       Ni contribuye al bien común de la sociedad, que siempre debe estar orientado a la paz social. Siendo la paz la «tranquilidad del orden», el gravísimo des-orden que supone la aberración moral de que tratamos no hace sino corromper al hombre, y dirigir a la sociedad hacia desórdenes cada vez mayores, fruto de un gobierno que ignora malvadamente el orden de natural del ser humano y aún más el sobrenatural.
En conclusión, una “ley” así no tiene valor alguno y es además profundamente injusta e inmoral puesto que ataca al bien común. (3)
¿Se debe reconocer sus “derechos” de estas personas?
Los derechos fundamentales de los homosexuales, lesbianas, transexuales, etc, son respetados en todo momento y lugar en su justa medida, empero, debido a sus limitaciones naturales, biológicas o capacidades, no pueden ejercer ciertos derechos otorgados, por ejemplo, a la familia constituida por un matrimonio entre un hombre y una mujer y sus hijos nacidos de ellos.
Pero la opinión pública en general se cuestiona mucho respecto a los derechos que exigen estas personas, si se los debe dar o no, si se los debe ignorar o no, pero la realidad es esta: el error, el mal y el desorden no pueden exigir nada, al contrario, deben ser rechazados. Y que se toleren (puesto que, desgraciadamente, se encarnan en personas a las que es necesario corregir) no significa en absoluto que se les deba dar protección legal, tal como pretenderá esa “ley”. De otro modo, y siguiendo esa misma lógica, no sólo habría que proteger y dar nuevos derechos a estas personas, sino también a atracadores, a narcotraficantes, a los suicidas (¿qué es, sino, la eutanasia?), a los pederastas, y a los que tienen todo tipo de orientaciones sexuales antinaturales, etc.
Cabe recalcar,  que las personas que son homosexuales ya gozan de derechos que son inherentes a la persona: derecho a la vida, salud, propiedad trabajo y trabajo, y el rechazo ante una posible unión entre personas del mismo sexo equiparado al matrimonio no implica el rechazo ni coartación a sus legítimos derechos ya indicados. 
¿Qué es un matrimonio?
Como ya se menciono que la lucha política es llevada también al campo de la lingüística, es justo y necesario definir el correcto concepto de matrimonio para reestablecer apropiadamente el sentido que debemos entender.
El matrimonio es definido por un jurista romano como la unión del hombre y la mujer, unión de toda la vida, comunicación del derecho divino y humano. De ella se deduce claramente el carácter de heterosexual, es decir, compuesto por un hombre y una mujer.
Según el estudio etimológico de la palabra matrimonio podemos señalar las siguientes posturas:
1.- La postura señalada en las DECRETALES de Gregorio IX indicaban que el origen etimológico suele centrarse en las palabras latinas "matris munium" que significan “carga para la madre”,  considerando que el niño era para la madre "costoso antes del parto", durante el parto doloroso y fatigoso después del parto.
2.- Por otro lado, la postura definida por S. Tomás de Aquino en que se refiere a las palabras "matrem muniens", lo que viene a significar en "defensa de la madre".
En cualquiera de los casos se pone de manifiesto la relación que tiene con el término latino mater-tris, que no quiere decir otra cosa que madre. Este punto es capital, ya que no debe olvidarse a la hora de definir el matrimonio, que uno de los requisitos esenciales del matrimonio, aunque no lo incluyamos en la definición, es la maternidad, es decir, la generación y perpetuación del género humano.
Desde el punto de vista religioso sabemos que en el sexto día de la creación Dios formó al hombre del limo de la tierra e infundió en su rostro el aliento de vida, y quiso darle una compañera, sacada admirablemente del costado de él mismo mientras dormía. Y Dios quiso que aquella pareja de cónyuges fuera el natural principio de todos los hombres, o sea, de donde se propagara el género humano y mediante ininterrumpidas procreaciones se conservara por todos los tiempos.
Y aquella unión del hombre y de la mujer da lugar a la unidad y la perpetuidad del género humano. Y el mismo Jesucristo atestiguó  que el matrimonio, por su misma institución, sólo puede verificarse entre dos: un hombre y una mujer; que de estos dos viene a resultar como una sola carne, y que el vínculo nupcial está tan íntima y tan fuertemente atado por la voluntad de Dios, que por nadie de los hombres puede ser desatado o roto.
Desde el punto de vista social sabemos que el contrato del matrimonio, no es una mera institución contractual ya que a diferencia de otros contratos, el matrimonio provee de estabilidad tanto al hombre y mujer contrayentes como a la sociedad.
Por ello, la razón no la encontramos tanto en el campo contractual, ni en el religioso, sino en el aspecto social: la estabilidad del matrimonio es necesaria para la consecución de su propio fin: procreación y generación de los hijos, y no sólo esto, sino también la educación y formación; y esto, ya no sólo por el interés de los hijos, sino por el propio interés o necesidad de la sociedad o civilización en la que la familia es la base.
¿Cuáles son las consecuencias si se legaliza el “matrimonio” homosexual?
1. La finalidad que buscan los movimientos homosexuales y feministas es errónea y perversa, ya que los que fomentan los movimientos homosexuales y feministas son incitados por grupos que detestan y desconocen, en una primera instancia, a Dios y su obra que es la Santa Iglesia Católica y a todos los grupos creyentes en Cristo.
El grupo “Comuna” son en esencia ateos, y desde un punto de vista filosófico, son materialistas (creen que el hombre creo a Dios y que ese Dios no existe). Esta clase de personas entienden que para imponer su pensamiento marxista (que se fundamenta en el materialismo dialéctico) deben luchar en todo ámbito contra la Iglesia Católica, incluso infiltrándose dentro de ella, para desacreditar y dañarla desde dentro de la misma. Por eso es curioso, hasta contradictorio, escuchar a propios masistas, como Evo Morales, autodenominarse como católicos, ya que ellos día a día van criticando e intentando dañar la Doctrina Católica.
Entonces, una de las consecuencias de la aprobación de esas uniones es alentar en las sociedades el hedonismo. El hedonismo es la búsqueda de placeres en la vida por medio de estímulos placenteros, y con un constante reiterado, lleva a la insensibilidad y la búsqueda de estímulos más fuertes para producir las mismas sensaciones de placer.  Claro ejemplo de los desastres que causa el hedonismo es la drogadicción, pornografía y la dependencia del televisor en nuestras sociedades.
Legalizar los “matrimonios” homosexuales es legalizar el hedonismo en la sociedad boliviana, ya que su única finalidad será la de buscar su placer sexual, y no así, la de procrear.
2. La ley antirracismo pretende, no sólo acallar a la doctrina católica, sino dejar sin efecto a todas las instituciones que la enseñan, ya que después de legalizar la ley antirracismo, se legalizarían los “matrimonios” homosexuales y pondrían toda la maquinaria educativa y mediática del Estado al servicio del homosexualismo político, lo cual quiere decir que los colegios católicos dejarían de enseñar su doctrina al ser prohibidos por ley, ya que desde el punto de vista del gobierno será discriminar, y se tendrá que enseñar a nuestros hijos, desde los 5 años, la ilusión que las parejas homosexuales en la sociedad son tan normales como las parejas heterosexuales. Por lo tanto, ya no serán los padres de familia que educan o busquen una educación religiosa, sino será el gobierno quien eduque a sus hijos desde su punto de vista materialista.
3. Legalizar el matrimonio homosexual implicará a medio plazo multas y penas de cárcel para quien critique la actividad homosexual. En Suecia, donde hay uniones gay desde 1995 con adopción de niños desde 2002, se decretó pena de cárcel para un pastor luterano que se limitaba a predicar las palabras de San Pablo sobre la homosexualidad. La libertad de expresión se verá recortada, como también la libertad religiosa. Si no se hace algo, muchos sacerdotes y líderes cristianos acabarían en la cárcel como también los padres de familia que no quieran que sus hijos reciban este tipo de educación.

Conclusiones

1.- El matrimonio es una institución de carácter estable compuesta por un hombre y una mujer, regulada por el derecho, cuyo fin primordial es la generación; siendo esta concepción propia de derecho natural, y no de derecho positivo.
2.- Nunca en la historia de la Humanidad se había regulado jurídicamente una pareja de hombre y mujer fuera del matrimonio, y tampoco de dos personas del mismo sexo; y mucho menos se había equiparado al matrimonio. Tan sólo en los últimos momentos de degeneración de la Sociedad Occidental, y sólo en ella (no en otros puntos del Globo), encontramos la pretensión de igualar el matrimonio a otras instituciones totalmente extrañas a ella.
3.- En este movimiento de autodestrucción de la sociedad sudamericana están incluidos todos los líderes que están gobernando a los diversos países latinoamericanos. Incluyendo aquellos líderes que se denominan como “opositores”  que no se manifiestan ni toman una postura concreta en este tema, ya que son y serán funcionales a las políticas progresistas carentes de principios.
4.- La finalidad de todas estas reformas, que ni son las primeras ni serán las últimas, tienen un fundamento último claro y definido: la autodestrucción de la sociedad cristiana, la cual es la base y principio de la civilización occidental.
5.- Las tesis positivistas más modernas pretenden definir a la norma desde un modo meramente procedimental, y al margen del contenido; sin embargo, toda norma jurídica debe tener unas características esenciales entre las que destaca el ser justa y adecuada al bien común (siendo este definido por Dios al determinar la naturaleza humana, y no por el propio hombre). La norma que carezca de esta nota esencial, a su vez carece de cualquier vinculante u obligatoriedad desde el punto de vista moral. Es decir, al margen de que las normas positivas pueden imponer una sanción para el caso de incumplimiento, aplicándose de forma coercitiva, no podrá obligar moralmente si carecen de aquella nota esencial, como ocurre en el caso que nos ocupa.
(1) Pensadores Deconstruccionistas – Alexis López.
(2) Deconstrucción de la Familia – Alexis López.
(3) La homosexualidad legalizada – Eduardo Rodríguez Ávila
Contacto: restauracion.bolivia@gmail.com
Bastion de Restauracion Nacional

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